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Ayuntamiento de Santiurde de Toranzo

Matrimonio Civil

A través de este procedimiento las personas que estén interesadas podrán solicitar al Ayuntamiento de Santiurde de Toranzo la celebración del acto de matrimonio civil dentro del término municipal.

La celebración del acto precisa de la previa instrucción de expediente de matrimonio ante el Registro Civil (R.C.). Así pues, la boda no podrá ser oficiada mientras no se reciba del juzgado el testimonio de la comparecencia de los futuros contrayentes, por lo que el primer paso que debe realizar cualquier pareja que quiera casarse es dirigirse al R.C. que corresponda (como se indica en el apartado siguiente), organismo encargado de tramitar el expediente matrimonial, con un cierto margen de tiempo.

En todo caso, corresponde al R.C. de Santiurde de Toranzo la tramitación del expediente previo siempre y cuando ambos contrayentes residan en este municipio. En el supuesto de que los contrayentes tuvieran distinta residencia, deberán optar por el R.C. correspondiente al domicilio de empadronamiento de uno de ellos.

Toda celebración de matrimonio civil precisa de un expediente previo, mediante el cual los contrayentes acreditan, según las normas de procedimiento recogidas por legislación del R.C., que reúnen los requisitos de capacidad establecidos en el Código Civil. Solo una vez tramitado y resuelto favorablemente el expediente puede autorizarse el matrimonio por la autoridad que se elija (juez del Registro Civil de cualquier localidad de España, alcalde o concejal en quien delegue de cualquier municipio de España).

Así pues, a los meros efectos informativos y para evitar dilaciones, sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, el R.C. y el Ayuntamiento recomiendan seguir los siguientes pasos antes de iniciar expediente de matrimonio civil ante el primero de ellos, tal y como se describe a continuación :

Trámite  Ayuntamiento  Registro Civil
1 Reserva de fecha mediante solicitud X
2 Confirmación y pago de Tasas X
3 Inicio de Expediente previo X

1. Reserva de fecha: Mediante solicitud de celebración de matrimonio civil con una antelación mínima de TRES MESES (Ayuntamiento de Santiurde de Toranzo).

2. Una vez confirmada por el Ayuntamiento la disponibilidad de fecha, se liquidarán las tasas correspondientes para formalizar la reserva.

3. Inicio de expediente previo: Conocida la fecha de celebración, se solicitaría ante el R.C. el inicio de expediente, aportado para ello la siguiente documentación:

  • Solicitud debidamente cumplimentada según modelo facilitado por Registro. Descargar modelo
  • Partidas de nacimiento de ambos contrayentes.
  • Certificados de empadronamiento de ambos contrayentes.
  • Declaración responsable del estado civil de ambos contrayentes. Descargar modelo
  • Documentos acreditativos de la identidad de dos testigos.

El expediente se inicia a instancia de los contrayentes mediante solicitud debidamente cumplimentada acompañada de la documentación requerida. Descargar modelo

Una vez que se confirma la disponibilidad de la fecha se ha de proceder a la liquidación de las tasas correspondientes para formalizar la reserva, siendo necesario para iniciar la tramitación la presentación del justificante de pago.

Alcaldía, o concejal en quien delegue.

A lo largo de todo el año, pero deberán manifestar ante el R.C, que tramite el expediente, con plazo suficiente para que éste remita los datos al Ayuntamiento.

De forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento aportando la instancia de solicitud correspondiente y debidamente cumplimentada, una copia de ésta si se desea resguardo de presentación debidamente sellado y la documentación requerida.

La cuota por cada boda que se tramite será:

— Lunes a viernes hasta las 13:00 horas, 75,00 €.
— Viernes tarde y sábados, 150,00 €.
— Domingos y festivos, 200,00 €.

Se establece una bonificación del 100 por 100 en la cuota de la Tasa, en el caso de que uno de los cónyuges se encuentre empadronado en el municipio por un periodo superior a un año a fecha de solicitud.

La competencia corresponde al alcalde, con la potestad de delegar en cualquier concejal.

El plazo de resolución máximo será de tres meses, entendiéndose desestimada su petición por silencio transcurrido el mismo.

Los días de celebración de bodas en el Ayuntamiento de Santiurde de Toranzo serán preferentemente los Sábados, estableciendo un orden de prelación en base a criterios de orden de entrada, disponibilidad y oportunidad.

En el caso de que se tenga interés en que case algún concejal en concreto, o el Sr. alcalde, lo deberán solicitar explícitamente en el escrito.

Recordar que con posterioridad a la celebración de la boda se ha de pasar a recoger el libro de familia y demás certificaciones matrimoniales por el Registro Civil de Santiurde.

Documentación Tipo Presentación
Copia de justificante de pago de la tasa correspondiente Obligatorio Presencial
Solicitud debidamente cumplimentada a tenor del art. 70 de la ley 30/1992 Obligatorio  Presencial

Cód. Civil: Código Civil
Ley 35/1994: Ley 35/1994 de Modificación del Código Civil en Materia de Autorización del Matrimonio Civil por los Alcaldes.
Instrucción 26/01/95: Instrucción de 26 de enero de 1995 de la Dirección General de Registros y Notariado sobre Autorización del Matrimonio Civil por los Alcaldes
OFV: Ordenanzas Fiscales Vigentes

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