Los Reales Decretos 2042/1994 y 711/2006 de 14 de octubre y 9 de junio respectivamente, que regulan la Inspección Técnica de Vehículos y establecen la obligatoriedad de la inspección para tractores, remolques, otros vehículos agrícolas especiales y ciclomotores de dos ruedas, con la siguiente frecuencia:
Vehículos agrícolas:
- Primera inspección a los ocho años de la fecha de matriculación.
- Hasta los dieciséis años de la fecha de matriculación, cada dos años.
- De más de dieciséis años de la fecha de matriculación, inspección anual.
Ciclomotores de dos ruedas:
- Primera inspección a los tres años de la fecha de matriculación.
- De más de tres años de la fecha de matriculación, inspección cada dos años.
Por tal motivo la Unidad Móvil de inspección (Grupo ITEVELESA) se desplazará a este ayuntamiento, el día 27 de OCTUBRE (JUEVES) en horario de 9:30 a 14:00 y de 15:00 a 17:30 horas, en APARCAMIENTO frente a cementerio de VILLASEVIL, al objeto de facilitar la ITV a los usuarios de los vehículos referidos.
Lo que se hace público para general conocimiento.