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Ayuntamiento de Santiurde de Toranzo
Aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal reguladora del Precio Público por la prestación del Servicio de Actividades de Tiempo Libre.


Por el Ayuntamiento Pleno del Ayuntamiento de Santiurde de Toranzo, en sesión celebrada el día 4 de septiembre de 2020, se ha adoptado acuerdo definitivo de aprobación del texto de la Ordenanza Fiscal reguladora del Precio Público por la prestación del Servicio de Actividades de Ocupación del Tiempo Libre.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, mediante el presente anuncio se hace público el citado acuerdo y el texto íntegro y definitivo de la Ordenanza Fiscal (ANEXO I), entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el B.O.C.

 

 

ACUERDO DE APROBACIÓN DEFINITIVA DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ACTIVIDADES DE OCUPACIÓN DEL TIEMPO LIBRE.

 

Considerando acuerdo plenario de fecha 10 de julio de 2020 de aprobación inicial de la Ordenanza fiscal reguladora del Precio público por la prestación del Ser vicio de Actividades de Ocupación Tiempo Libre.

 

Considerando alegación presentada dentro del plazo de exposición al público para la modificación de la Ordenanza en cuestión, al objeto de incluir la imposición del precio público por el uso de las instalaciones del gimnasio municipal.

 

No suscitándose más debate al respecto se somete a votación la propuesta. El Pleno de la Corporación Local con el voto a favor de 7 concejales (los del Grupo Popular y los del Grupo Regionalista de Cantabria) y, por consiguiente, 0 votos en contra, ACUERDA:

 

PRIMERO.- Estimar e incluir la alegación presentada con el siguiente concepto “imposición del precio público por el uso de las instalaciones del gimnasio municipal”, al objeto de modificar la Ordenanza fiscal reguladora del precio público por la prestación del Servicio de Actividades de Ocupación de Tiempo Libre.

 

SEGUNDO.- Aprobar definitivamente la Ordenanza Fiscal reguladora del Precio Público por la prestación del Servicio de Actividades de Ocupación de Tiempo Libre.

 

TERCERO.- Procédase a su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria y en el tablón de anuncio del Ayuntamiento, junto con el texto completo de la Ordenanza, entrando en vigor al día siguiente de su publicación.

 

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria, en la forma y plazo que establecen las normas reguladoras de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ver anuncio B.O.C.